EL ACOSO LABORAL Y EL SÍNDROME DE ESTRÉS
30/04/02
El acoso
laboral o mobbing es una forma de tortura que contamina el derecho
de las personas a trabajar y pervierte las ventajas terapéuticas de
la acción laboral, constituyendo un factor de enfermedad que genera
fobia al trabajo y grandes pérdidas económicas y de competitividad.
Las noticias que aparecen de vez en cuando en la prensa
sobre personas acosadas laboralmente no son un indicador fiable de la dimensión
del problema, aunque sí de la importancia que se le está comenzando
a dar en los juzgados y en las Instituciones españoles.
El mobbing
El mobbing
o acoso laboral no se refiere directamente a la persecución de carácter
sexual, aunque sí englobaría ésta. Se refiere más
específicamente a la acción de una o varias personas de una
empresa, sociedad o institución dirigida contra un compañero
de trabajo con objeto de conseguir que abandone su puesto, socavar su autoestima
o elevar la de los acosadores. Podemos resumirlo como el maltrato psicológico
en el trabajo, reiterado y con un objetivo determinado.
Los
motivos
Los motivos
que llevan a unas personas a ejercer esa clase de acoso y derribo sobre otras
son varios, aunque no tantos como motivaciones individuales existen. El principal,
aunque suene sorprendente a algunos, es la envidia. La envidia entendida
como celos del éxito de la futura víctima.
Jóvenes
profesionales supermotivados, experimentados trabajadores, personas con mayor
cualificación que la de sus compañeros ... todos objeto de la
envidia de los acosadores. Casos como la envidia despertada por la juventud
y "buen tipo" de una trabajadora o por los quince minutos de desplazamiento
al trabajo de otro, mientras las acosadoras eran manifiestamente menos atractivas
que la acosada y tardaban más de una hora en llegar desde sus domicilios,
pueden darnos una idea de los motivos tan dispares, pero con un denominador
común, que motivan a ejercer estos detestables comportamientos.
Las actitudes
"no colaboradoras" de los recién llegados, como las de un militar
profesional que se negó a obedecer "las órdenes" de la esposa
de un superior, también pueden ser causa para entrar en el punto de
mira de alguien a quien amenazamos con romper su statu quo de privilegios
injustos.
¿Jefes,
subordinados o iguales?
Aunque
el acoso pueda parecer una acción ejercida desde el superior al subordinado,
nuestra experiencia es que puede ocurrir en cualquier dirección: superior
a inferior, inferior a superior y entre iguales. Depende de la personalidad
del acosado, de la del acosador, de su número, y de las circunstancias
y entorno laborales.
El
acoso como síndrome de estrés
Es universalmente
conocida la importancia del estrés en el inicio y empeoramiento de
muchas enfermedades. Las constantes vitales de nuestro organismo han de mantenerse
en sus niveles óptimos de funcionamiento -el equilibrio homeostático-.
Las situaciones, acontecimientos o estímulos que desestabilizan ese
equilibrio obligan al organismo a hacer un esfuerzo suplementario para restaurar
el equilibrio interno. Si al cabo de cierto tiempo esos estresores persisten,
la capacidad de recuperación del organismo ya no podrá responder
con la misma eficacia, aumentando su vulnerabilidad a los agentes patógenos,
favoreciendo la aparición de toda clase de enfermedades, como gripes,
herpes labiales, hipertensión arterial y síndromes específicos
de estrés.
Los síndromes
específicos de estrés son aquellos síndromes en los
que la adaptación a las exigencias externas desempeña un papel
determinante en la aparición de la enfermedad. El acoso laboral queda
incluido en esta categoría, pues provoca reacciones psicopatológicas
ante la influencia externa. Estas reacciones psicopatológicas se definen
como el conjunto de alteraciones subjetivas y de la conducta directamente
relacionadas con la influencia del mundo externo sobre el individuo.
La
asignación de tareas inútiles
Desprestigiar
a la víctima a sus espaldas, diciendo a sus superiores que "no cumple
con las espectativas" es sólo una parte de los movimientos tácticos
de los acosadores, aunque no de los más llamativos. Sí lo son,
en cambio, asignarles tareas muy difíciles para que no sean capaces
de superarlas y así conseguir una profecía autocumplida, y,
sobre todo, asignarles tareas inútiles o irrelevantes. De este modo
consiguen minusvalorar las capacidades del trabajador, ridiculizarlo y evitar
un reconocimiento si consigue concluir la tarea con éxito. Un ejemplo
de esto sucedió en un sociedad de farmacia, donde le asignaron a un
consultor experimentado ordenar en carpetas virtuales los correos electrónicos
recibidos durante el último año (más de mil), lo que
constituía un ejercicio inútil, responsabilidad de una de las
acosadoras y que además restaba tiempo a las tareas realmente urgentes
del trabajador.
¿Qué
hacer?
El acoso
laboral o psicoterror laboral es un delito en España y en otros países.
Suecia fue el pionero en esta legislación, tipificando en 1983 el acoso
moral o psicológico en el trabajo como delito.
En nuestro
país el Tribunal Supremo emitió el 23 de julio de 2001 la primera
sentencia: "Indemnización por daños y perjuicios provocados
por la conducta del Ayuntamiento respecto de un funcionario calificada de
acoso moral".
La concienciación
social ha de ser progresiva. Los acosadores no entienden la democracia ni
lo que es el respeto a las personas. Y la sociedad debe amonestarlos para
defender los derechos de las víctimas, proteger los intereses del estado,
administrar justicia y educar a los que entorpecen gravemente la convivencia
por encontrarse en estadíos inferiores de moralidad.
La denuncia
firme ante los tribunales -con el concurso deseable de un abogado especializado-
y ante los sindicatos, es el último procedimiento. Antes se deberá
comunicar la situación a familiares y amigos, y a superiores y compañeros
de total confianza para evitar filtraciones que puedan perjudicarnos. La razón
está del lado de la víctima, y no debemos tener reparo en considerarnos
como tales llegado el caso, dejando a un lado la violencia, o la vergüenza
de que sean nuestros subordinados los acosadores.
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